Resumen | |
[J] | Los Estados miembros pueden autorizar que las bibliotecas digitalicen algunos libros de su colección para ofrecerlos a los usuarios en puestos de lectura electrónica sin necesidad de contar con el acuerdo de los titulares de los derechos sobre las obras. |
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Con arreglo a la Directiva sobre los derechos de autor, los autores disfrutan del derecho exclusivo de autorizar o de prohibir la reproducción y la comunicación al público de sus obras. Sin embargo, la Directiva permite que los Estados miembros establezcan algunas excepciones o limitaciones a este derecho. En particular, se reconoce a los Estados esta facultad en beneficio de las bibliotecas accesibles al público que ponen a disposición de los usuarios a través de terminales especializados obras de su colección destinadas a la investigación o al estudio personal. En el presente asunto, el Bundesgerichtshof (Tribunal Supremo Federal de Alemania) solicita al Tribunal de Justicia que precise el alcance de esta facultad, de la que Alemania ha hecho uso. Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO L 167, p. 10). Se trata del manual de Winfried Schulze titulado «Einführung in die neuere Geschichte» (Introducción a la historia contemporánea). El Tribunal de Justicia añade que este derecho accesorio de digitalización no entra en conflicto con la explotación normal de la obra ni perjudica injustificadamente los intereses legítimos del titular de los derechos sobre la obra, ya que la normativa alemana controvertida en el presente asunto establece que el número de ejemplares de cada obra disponibles en los terminales especializados no debe ser superior al número de ejemplares adquiridos por la biblioteca en formato analógico. | |
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